miércoles, 27 de abril de 2011

IRREGULARIDADES DE LA PRIMERA VUELTA

La “primera vuelta” de la elección presidencial realizada el domingo 10 de abril del presente año, nos ha dejado diversas lecciones a todos los actores electorales. Cada quien y de acuerdo a sus intereses o conveniencias, sabrá traducirlas en mensajes que modificarán sus actitudes en próximas experiencias similares. Esperemos, a fin de contribuir a elevar la calidad de nuestra convivencia en democracia. En otros términos, esperamos —y deseamos— que cada actor electoral, después de las lecciones aprendidas, dirija sus esfuerzos y actitudes en obediencia a la constitucionalidad del país.
Porque hay situaciones que no deberían repetirse. Que algunos ciudadanos se enteren que han sido sorteados para desempeñar el cargo de miembro de mesa, el mismo día de las elecciones, al llegar al local de votación, por ejemplo. Que miembros de mesa se hagan presentes a sus respectivos locales de votación hasta una hora después de la hora señalada por ley; o algo peor, es el caso de los miembros de mesa suplentes, llegan dentro de los márgenes de tolerancia permitidos, pero expresan que no están disponibles o simplemente no quieren asumir el cargo a falta de algunos de los titulares, es otro ejemplo.
Que los personeros de mesa de sufragio, pretendan realizar actividades que no les compete o que le son prohibidas por las normas electorales, es un ejemplo más de situaciones que no deberían repetirse. Pretenden manipular material electoral, se afanan imperceptiblemente en inducir el voto de los electores presentes, ingresan y salen de la sala de votación a libre disposición y arbitrariamente, desconociendo la autoridad de los miembros de mesa; y en el peor de los casos, que rayan con la sinvergüencería y el descaro, pretenden obtener un acta electoral en blanco. Incluso, en otros casos, pareciera que algunos personeros asisten a su mesa de sufragio a cumplir su papel, sólo con el objetivo de generar desorden y caos en la sala de votación, desvirtuando su papel legítimo y valioso en la fiscalización del proceso electoral.
Los candidatos y candidatas, representantes de las organizaciones políticas contendientes, juegan un papel tan importante como el de los otros actores electorales, aunque quizá un poco más, porque se involucran directamente en ese fenómeno de las “corrientes de opinión”, que son fenómenos coyunturales, como el propio proceso electoral. En este fenómeno pueden intervenir factores no necesariamente saludables, como la especulación, la desinformación, la agitación y la propaganda. Y el candidato o candidata que no está preparado para la derrota, pueden asumir actitudes y comportamientos negativos y contraproducentes para el logro de un proceso electoral transparente, y quizá, para el mantenimiento de la tranquilidad pública —si los resultados le son desfavorables—.
En el caso de los actores electorales encargados de la seguridad en la puerta de ingreso y salida de los locales de votación (PNP y FFAA), también se presentan situaciones irregulares. Como por ejemplo, permitir el ingreso de personas que no portan su DNI original. Recordemos que el ingreso a los locales de votación es para un fin explícito. En el caso de los electores, es para emitir su voto. Para ello, de acuerdo a las normas legales, sólo es posible esa acción, portando el DNI original (artículo 7º de la Ley Nº 26859). Entonces, no tiene sentido que ingresen a los locales de votación, electores que no portan ese documento, porque distraen, perturban y dificultan el cumplimiento de las labores de quienes cumplen la función de garantizar una jornada electoral transparente, ordenada y en un clima de tranquilidad y respeto mutuo.
Definitivamente, en un proceso electoral no se trata de demostrar quién manda a quién. Las funciones de cada actor electoral están definidas y explícitas en las normas electorales. Y todos y cada uno de ellos, está en el derecho de velar por el cumplimiento de ellas. Esto es un mandato constitucional (artículo 38º de la CPP), por lo tanto, soberano.
Estas y otras irregularidades ameritan atención y todo el esfuerzo del país para subsanarlas y evitar que se vuelvan a repetir. Porque de ello depende que cada vez, los procesos electorales sean dignos de confiabilidad, credibilidad, y sean actos totalmente transparentes, “reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa y secreta” (artículo 2º de la LOE). Éste objetivo demanda la intervención legítima de todos y cada uno de los actores electorales; y no, como equivocadamente algunos pretenden sostener, sólo de los organismos electorales.

viernes, 22 de abril de 2011

EL FANTASMA DE UN GOLPE

Caído el régimen siniestro después de más de 10 años de infectar a la institucionalidad peruana con un mal indeseablemente maquiavélico, dejándola endémica, en el mes de noviembre del año 2000, se estableció un Gobierno de Transición que administró el país durante 08 meses. Valentín Paniagua, asumió este reto de “contribuir de manera decisiva a la reconstrucción y reinstitucionalización democrática”, como lo dijo en su discurso de asunción del mando, porque respondía a “la necesidad de exaltar, afirmar y consolidar la Constitución como norma de vida y de convivencia diaria”.
Irónicamente, podemos señalarlo ahora, Paniagua aludía no a la Constitución de 1979 —como era de esperarse—, sino a la cuestionada y no aceptada, según juristas y constitucionalistas que en ese entonces expresaron su parecer, la Constitución de 1993. Paniagua, leyó en su primer discurso como Jefe de Estado, que asumía su papel en “cumplimiento de la responsabilidad impuesta por el artículo 115° de la Constitución del Estado”. Se refería a la Constitución de 1993, que fue alumbrada por una dictadura que pisoteó a la de 1979, a la cual sustituía.
Efectivamente, nada nos garantiza que no vuelva a suceder lo que experimentamos el 5 de abril de 1992 con Alberto Fujimori. Me refiero a que la Constitución de 1993, tiene artículos similares a su similar a la que sustituyó.
En su artículo 206º, leemos que “Toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum”. Y quienes tienen la facultad para tomar la iniciativa, también considera a “un número de ciudadanos equivalente al cero punto tres por ciento (0.3%) de la población electoral”. La de CPP de 1979, indicaba que podían ser “cincuenta mil ciudadanos con firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones”.
Sólo es un artículo (en la CPP actual es el 206º; en la de 1979, era el 306º) el que podría impedir la disolución o violación de la Constitución, nada más. Cómo confiar en que nadie podría atreverse a violentarla como hizo Fujimori con la CPP de 1979. Amén de que la Constitución de 1993, la que actualmente nos rige, ha sido el producto de un resquebrajamiento total del orden establecido por una anterior.
Alejandro Toledo, elegido en el año 2001, culminó su periodo y en él, sólo se reformaron algunos artículos respetando los procedimientos establecidos en ella. En el año 2006, asume la Presidencia de la República, Alan García, y de igual forma, en su gobierno reformó —y continuó haciéndolo— algunos artículos de aquella Constitución que, en sus primeros años, aunándose a las voces de otros, declaró que anularía o que reestablecería la de 1979.
Lo único que se ha hecho a la Constitución de 1993, y que puede considerarse una muestra de rechazo a la coyuntura que la originó, es suprimirle la firma de Alberto Fujimori Fujimori, de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 27600, publicada el 16 de diciembre de 2001. Es casi nada, por cierto, ya que se quita el nombre, pero la obra queda. Nos regimos por ella, ella nos rige; y sólo hemos quitado el nombre de quien consideramos su gestor, por haberse atrevido a utilizar el poder concedido para ensuciar a todo el país y a su historia.
La actual Constitución Política, es nuestra, no cabe duda; no obstante, es difícil olvidar la coyuntura que la produjo, y mirarla con los mismos ojos con los que miramos, en su momento, por ejemplo, a la que sustituyó, después de ser violentada: la CPP de 1979. El criminal es susceptible de ser olvidado; sus crímenes, no.

domingo, 17 de abril de 2011

LA LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES: ALGUNAS LECTURAS

Las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), han hecho suya la función de entregar a domicilio las Credenciales de Miembros de Mesa a sus respectivos titulares. Esta función, aparte de contribuir a informar a los ciudadanos y ciudadanas sobre haber sido sorteados para ocupar dicho cargo, desde todo punto de vista, resulta ser bastante favorable para facilitar la asunción del cargo el día de las elecciones, porque constituye una invitación personal a cada miembro de mesa.
No obstante, al escuchar a varios miembros de mesa que se enteran de su condición el mismo día de las elecciones porque, argumentan ellos y ellas, no les llevaron la credencial a su domicilio; se ha generado un mal hábito que contradice o minimiza lo normado en la Ley Nº 26859 (Ley Orgánica de Elecciones – LOE). Esta Ley, en su artículo 61º dispone que cada ciudadano sorteado para desempeñar la función de miembro de mesa, tiene el deber de presentarse en las oficinas de la ODPE, “dentro de diez (10) días naturales siguientes a la publicación” a recibir la respectiva credencial.
Es decir, a cada ciudadano y ciudadana, habilitado para el sufragio, le corresponde; primero, cerciorarse si ha sido o no sorteado para desempeñar el cargo de miembro de mesa, y segundo, apersonarse a las oficinas de la ONPE más cercana a su domicilio, para recibir su credencial respectiva. Todo ello, dentro de los plazos establecidos por ley.
Sobre los locales de votación. En concordancia con el artículo 65º de la LOE, corresponde a las ODPE’s, designarlos, en el siguiente orden: escuelas, municipalidades, juzgados y “edificios públicos no designados al servicio de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional o de las autoridades políticas”. Se asume que, en ese orden, los representantes o máximas autoridades de dichas instituciones, tiene el deber de coordinar con las ODPE’s a fin de facilitar el cumplimiento de la norma respectiva. Sin embargo, algunos directores de instituciones educativas públicas, se niegan a ello; dificultando, obviamente, las coordinaciones sobre el tema.
Los personeros ante las mesas de sufragio, entre otros derechos, tienen uno principal: obtener un Acta Electoral completa suscrita por los miembros de mesa (inciso “j”, del artículo 153º de la LOE). Además, sólo pueden acreditarse “uno por cada mesa electoral”, en concordancia con el artículo 151º de la ley citada. Pero, el día de las elecciones, muchos de los personeros de diversas agrupaciones políticas, pretenden, y hasta con actitudes soberbias, acreditarse ante más de una mesa de sufragio, y exigir derechos no necesariamente concordantes con la normatividad vigente.
(Se entiende que si una agrupación política no ha logrado designar un personero de mesa en todas las mesas de sufragio instaladas; no le compete a ningún actor electoral, satisfacer esta deficiencia o limitación).
Respecto a la validez del voto en las elecciones donde se ha normado el voto preferencial (Elecciones de Congresistas de la República y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino), se han presentado situaciones discrepantes y hasta contradictorias. Al respecto, es bastante preciso e inteligible, lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 286º de la LOE. “El uso correcto del voto preferencial para optar por uno o dos candidatos determina la validez del voto”. En nuestro caso, Lambayeque, sólo cuando se haya escrito números entre uno y cinco, se validaba el voto para la agrupación, “aún cuando el elector omita marcar el símbolo con una cruz o con un aspa”. En otros términos, números escritos mayores a cinco, invalidaba el voto. (En el caso de las Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, los números correctos eran entre uno y quince).
Frente a la presencia de actas observadas, no está demás aclarar que el escrutinio de los votos y el llenado de las actas electorales, es tarea exclusiva de los miembros de mesa de sufragio. Determinar la validez o no de un voto, también. Responsabilizar a un determinado organismo electoral sobre la existencia de actas electorales observadas, revela un desconocimiento de la ley electoral, o quizá, una interpretación no acertada de la misma.

jueves, 14 de abril de 2011

PROBLEMAS DE GOBERNABILIDAD EN LA UNPRG

Los problemas de gobernabilidad en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, es una situación que ha salido de sus aulas y ambientes administrativos, para ser conocidos por la comunidad lambayecana y el país.
Ha sido necesaria la conformación y actuación de un Comité Electoral externo, con la intervención de la Asamblea Nacional de Rectores —ente rector de estudio, coordinación y orientación de las actividades universitarias del país—, como una alternativa de solución a la ingobernabilidad presente en su administración.
Y las huellas de la competencia electoral por la conquista del gobierno de sus facultades, realizada el mes pasado, aún permanecen en los muros de sus aulas y en el interior de ellas. Pasadizos, pabellones y cuanta pared se considere pertinente para ofertar alternativas de gobierno, continúan mostrando los afiches y todo artículo de propaganda electoral, otorgando a su estructura una imagen desordenado y antihigiénica, por no decir, una imagen de ingobernabilidad.
(Desde ningún punto de vista, empapelar muros, ventanas, puertas, veredas, escaleras, pisos y árboles —increíblemente, pisos y árboles—, puede ser considerado una expresión de participación política, o en el peor de los casos, como lo manifestó en algún un momento un docente en calidad de observador, expresión de “madurez política”; docente que a la vez extrañaba aquellos tiempos cuando los estudiantes “movían masas”).
La primera lectura de tan impactante situación, nos conduce a considerar a la universidad, no como una institución dedicada al cultivo de saberes y a la investigación científica; sino, como una institución en donde sus miembros están dedicados a la venta de propuestas electorales, y a toda actividad que se enmarca dentro del fenómeno denominado “política”, exclusivamente.
El artículo 1º de la Ley Universitaria (Ley Nº 23733), nos recuerda que la universidad se dedica “al estudio, la investigación, la educación y la difusión del saber y la cultura, y a su extensión y proyección sociales”. Es indudable que todas sus actividades responden o constituyen la expresión de actividades investigativas. La búsqueda y elaboración de nueva información en base a estudios científicos, que luego será destinada para la elaboración de alternativas de mejora de la calidad de vida de la comunidad, de la región y del país (en el caso de las UNPRG), es el principio que rige —debe regir— sus actividades.
Quienes hemos tenido el privilegio de transitar por sus aulas, entendemos que las actividades que se realizan dentro de sus muros, no siempre responden a intereses académicos o científicos. Y son, precisamente, aquellas actividades las que causan mayor impacto y dejan huellas que fácilmente no logran borrarse. La vehemencia, el debate encendido, la polémica irreconciliable, en las que participan docentes, estudiantes y graduados (integrantes de la universidad, según el artículo 1º de la Ley Nº 23733, y el artículo 18º de la Constitución Política del Perú), son características que desdicen su naturaleza científica y académica que se le atribuyen.
La toma de locales que creímos eran cosa del pasado, han vuelto y con mayor regularidad, en la UNPRG. Y tras de ello, aparecen intereses políticos y de grupos particulares, deseosos de capturar el poder en algunos de sus niveles de gobierno. El cogobierno que data desde las primeras décadas del siglo XX, que surgió como una demanda de participación política en aras de mejorar el servicio prestado a la comunidad estudiantil —y por ende, a la comunidad en general—, terminó por convertirse en un instrumento para estropear el buen gobierno y para desviar o desvirtuar el eje de su razón de ser: la investigación científica.
En Lambayeque, por ejemplo, qué alternativa para luchar contra la pobreza y extrema pobreza, ha presentado la UNPRG, en sus más de 30 años de vida institucional. Qué plan, programa o proyecto para luchar contra la corrupción y delincuencia, ha propuesto, sugerido o recomendado, institucionalmente.
¿Qué estudios sobre temas regionales para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, está haciendo o ha hecho la UNPRG? Y si lo ha hecho o lo está haciendo, y es desconocido por la gran mayoría de la ciudadanía; algo no está del todo bien.
Desde el momento que se tomó la decisión de conformar un comité electoral externo para cumplir con actividades propias de su autonomía, dado que por sí sola experimentaba una situación de incompetencia e inactividad, es un indicador de ingobernabilidad en grado extremo.
“Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico”, nos dice el último párrafo del artículo 18º de nuestra Constitución Política. Y si esta autonomía se torna insuficiente, y en casos extremos, en un obstáculo para el normal cumplimiento de sus funciones; podría ser que ella, la autonomía, no constituye un elemento favorable para su continuidad institucional.
Porque si se hace necesario la intervención de mano externa para solucionar una situación que la autonomía, suponemos, debe facilitar; entonces, aquella resulta innecesaria. Además de costosa, burocrática y antiacadémica. Si nosotros, la universidad (docentes, estudiantes y graduados), continuamos demostrando ineptitud en la solución de nuestros propios problemas, perjudicando el cumplimiento de sus funciones y el servicio prestado a la comunidad en general, no queda otra alternativa que solicitar, lamentablemente y con urgencia, la intervención de ayuda externa. ¡Que la gobernabilidad, retorne a la UNPRG!

lunes, 11 de abril de 2011

¡Electores, a las urnas!

A 72 horas del inicio del día central de las Elecciones Generales 2011, todo el país está a la espera de un domingo 10 de abril, transcurriendo con total normalidad y calma. La prudencia, el respeto mutuo, la tolerancia y el cumplimiento del deber, esperamos, serán los principios que regularán nuestra conducta durante todo ese día.
Los organismos electorales, las organizaciones políticas, las instituciones castrenses, observadores, la prensa, y en general, la ciudadanía en su conjunto, estamos preparados y listos para contribuir al desarrollo de un acto electoral respetuoso de las respectivas normas vigentes, desde cada uno de nuestros papeles que nos toca desempeñar.
Los miembros de mesa, titulares y suplentes, y en sus locales de votación designados anticipadamente, se presentarán desde las primeras horas de la mañana para desempeñar el cargo con ahínco y civismo. Los electores, desde las 08:00 de la mañana hasta las 04:00 de la tarde, llegarán a los centros de votación, decididos a emitir un voto de acuerdo a sus convicciones. Los personeros, defensores de los intereses de sus respectivas agrupaciones políticas, fiscalizarán las elecciones desde la instalación de las mesas de sufragio hasta la culminación del escrutinio. Todos ellos y el conjunto de actores electorales, somos los únicos que otorgaremos legitimidad a este proceso cargado de emotividad, competencia, anhelos, algarabía y conflictos.
Si bien es cierto, nada nos garantiza que los candidatos elegidos cumplirán sus promesas, aplicando el plan de trabajo que vendieron durante el proselitismo; nos compete, a hombres y mujeres habilitados para el sufragio, emitir un voto que responda exclusivamente a nuestras decisiones.
Nosotros constituimos ese pueblo de quien emana el poder del Estado, y quien tiene la soberana facultad de poner y deponer representantes políticos; sugerir, exigir, modificar o derogar normas legales de acuerdo a los procedimientos regulados por la Ley Nº 26300. Ésta y otras leyes como la Ley Nº 27806 (Ley de Transparencia), la Ley Nº 28056 (Ley del Presupuesto Participativo); representan los pasos agigantados dados en las últimas décadas, en ese duro y complicado camino de consolidación de la democracia en el país.
La participación ciudadana es un factor fundamental en ese proceso de construcción de una sociedad humana cada día más saludable y digna de ser defendida, en la que todos y cada uno de sus miembros, sin discriminación de ninguna clase, participa en la toma de las decisiones políticas y cualquier otra forma de regulación de la convivencia social.
En este sentido, la emisión del voto se convierte en un acto soberano que definirá la alternativa ideológico-política elegida para continuar ese infinito proceso de construcción y reconstrucción de un país, en nuestro caso, más pacífico, democrático, libre y transparente. Un sueño que difícilmente podemos negar como nuestro.
Es pertinente tener en cuenta que cada ciudadano y ciudadana, emitirá un voto el cual será tratado en igualdad de condiciones y con el mismo respeto que las leyes le confieren. El cómputo de los votos no toma en cuenta las condiciones del elector (grado académico, lugar de residencia, ingresos mensuales, patrimonio personal, profesión, edad, sexo, género, lugar de nacimiento, etc.). Como hemos escuchado en más de una oportunidad, y aquí sí pecamos de soberbios y presuntuosos, los profesionales, cuando sostenemos que un profesional sí emite un voto consciente, y un no profesional, no. Que una persona adulta —por no decir, “vieja”—, sí “sabe” votar; frente a un joven que fácilmente es manipulable, versátil y “engañado”.
Increíblemente, escuché este comentario a varios profesionales de la educación. Algunos de nuestros profesores, no sé cómo ni desde cuándo, han hecho suya la creencia que por ser profesores o enseñantes, son los únicos que emiten un voto consciente o “informado”. Si ello sostienen fuera de las aulas; imaginemos qué sostendrán dentro de ellas. Olvidando que el voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio (artículo 31º de la Constitución Política).

EL PAPEL DE LOS MIEMBROS DE MESA Y LOS PERSONEROS

En las elecciones del domingo 10 de abril, actuaremos todos los ciudadanos y ciudadanas habilitados para el sufragio, de acuerdo al papel que nos toca desempeñar. Electores, miembros de mesa, personeros, candidatos, comunicadores sociales, funcionarios electorales, FFAA y PNP, observadores electorales, entre otros. De todos y cada uno de ellos, depende que el proceso resulte un proceso transparente y digno de toda credibilidad.
Pero la esencia de todas las elecciones como las que se realizarán el segundo domingo del mes de abril, es el voto que emitirán los asistentes al sufragio. Esa minúscula marca, a veces, poco perceptible y dubitativa, escrita en la cédula de sufragio, constituye la expresión soberana y libre de la ciudadanía. Es la decisión sagrada a la que todo mundo debe obediencia y respeto, sin importar si es una decisión que conecta o no con las corrientes ideológicas de moda o con las creencias políticas hegemónicas y contemporáneas.
Cada voto, una vez terminada la votación o concluido el tiempo señalado para ese acto, es escrutado y examinado por los miembros de mesa y personeros presentes en ese momento. Otros actores también concurren en calidad de observadores del escrutinio: observadores electorales, fiscalizadores, entre otros, porque el escrutinio es un acto público e ininterrumpido (Artículo 278º de la Ley Nº 26859).
Es evidente, que son los miembros de mesa los artífices centrales en esta actividad electoral, porque en sus manos está la soberana labor de escrutar, computar y elaborar las actas electorales (según el artículo 51º de la Ley Orgánica de Elecciones). De ellos y ellas depende que ese día 10 de abril, los resultados de las elecciones sean informadas en la brevedad posible por el organismo encargado, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y sus Oficias Descentralizadas, en sus respectivas circunscripciones territoriales.
En esa tarea de computar los votos y elaborar las actas electorales, los miembros de mesa están permanentemente acompañados por los personeros de mesa de sufragio, quienes, en calidad de representantes de cada una de las organizaciones políticas participantes, tienen como derecho principal, obtener un Acta completa suscrita por los miembros de mesa. Acta elaborada en presencia de ellos y ellas, a la que también pueden suscribir si lo desean, dando fe de su contenido y veracidad.
La realización de estas labores, amerita una previa capacitación en el conocimiento y manejo de los materiales electorales, entre ellos, el Acta Electoral. Los miembros de mesa ya asistieron a la Primera Jornada de Capacitación realizada el domingo 27 de marzo, y asistirán a una segunda, programada para este domingo 03 de abril. En palabras de la Jefa de la ODPE Chiclayo 1, Dra. Magdalena Castro Sánchez, ha sido una asistencia y participación masivas que permiten prever unas elecciones eficientemente realizadas, que expresarán la soberana voluntad popular.
Y para todo el equipo de personeros de las agrupaciones políticas participantes, se ha programada una Reunión Informativa para hoy día jueves 31 de marzo, a las 5:00 de la tarde. Corresponde ahora, a cada agrupación política, aunarse al objetivo de lograr unas elecciones transparentes y legítimas, participando en ellas, por medio de sus personeros de mesa de sufragio, personeros legales, técnicos, alternos, etc.
Miembros de mesa y personeros (los primeros, ejecutando; y los segundos, observando y fiscalizando todo el acto electoral en sus respectivas mesas de sufragio), tienen en sus manos la noble tarea de satisfacer la voluntad ciudadana, en concordancia con los procedimientos establecidos en las normas vigentes.
La ciudadanía espera que ellos y ellas, responsables directos del cómputo de los votos que han emitido, asuman la tarea con responsabilidad, transparencia y honestidad. Porque la democracia representativa ha demostrado ser un régimen de convivencia que acoge y considera a todos los seres humanos, bajo los principios de equidad, igualdad y libertad. Por lo tanto, tenemos el derecho de elegir a nuestros representantes políticos en igualdad de condiciones; y los miembros de mesa y personeros, desde sus puestos, salvaguardar y hacer respetar esa voluntad ciudadana.